Con esta decisión el DL 3/2015 sigue vigente y es de aplicación en todo el territorio de la Comunitat Valenciana.
Este viernes 4 de marzo el Gobierno Valenciano ha hecho público el levantamiento por el Tribunal Constitucional de la suspensión cautelar que pesaba sobre el Decreto Ley 3/2015, de 24 de julio, del Consell, por el que regula el acceso universal a la atención sanitaria en la Comunitat Valenciana.
El Constitucional rechaza en el fallo el argumento de la Abogacía del Estado de que el decreto de universalización de la sanidad puede afectar al aumento del gasto sanitario, al sostenimiento del sistema nacional de salud, y al déficit público. "La Abogacía se limita a alegar la posibilidad de que tal situación se produzca, pero no lo fundamenta", recoge el fallo. Según el Alto tribunal, "la invocación genérica de la situación de crisis económica no basta para fundamentar esta conclusión". Ninguno de los perjuicios alegados por el Abogado del Estado puede fundamentar el mantenimiento de la suspensión de la norma impugnada, recoge la resolución judicial.
ODUSALUD muestra su satisfacción por esta decisión y anima al Govern Valenciá para que avance en la aplicación del Decreto Ley 3/2015, implicando a los servicios sanitarios públicos a todos los niveles y verificando su efectividad.
ODUSALUD también reitera la necesidad de abrir espacios de participación ya previstos, para que las entidades implicadas en la defensa del derecho a la asistencia sanitaria, contribuyan a mejorar esta normativa y su aplicación.
Para ODUSALUD, el objetivo inmediato debería ser solucionar aquellas situaciones en las que, incluso esta normativa mantiene a colectivos vulnerables en situación de exclusión sanitaria.
Enlaces de interés:
Nota de prensa Generalitat Valenciana
Declaraciones del President Ximo Puig
El país Comunidad Valenciana por Cristina Vázquez
Este viernes 4 de marzo el Gobierno Valenciano ha hecho público el levantamiento por el Tribunal Constitucional de la suspensión cautelar que pesaba sobre el Decreto Ley 3/2015, de 24 de julio, del Consell, por el que regula el acceso universal a la atención sanitaria en la Comunitat Valenciana.
El Constitucional rechaza en el fallo el argumento de la Abogacía del Estado de que el decreto de universalización de la sanidad puede afectar al aumento del gasto sanitario, al sostenimiento del sistema nacional de salud, y al déficit público. "La Abogacía se limita a alegar la posibilidad de que tal situación se produzca, pero no lo fundamenta", recoge el fallo. Según el Alto tribunal, "la invocación genérica de la situación de crisis económica no basta para fundamentar esta conclusión". Ninguno de los perjuicios alegados por el Abogado del Estado puede fundamentar el mantenimiento de la suspensión de la norma impugnada, recoge la resolución judicial.
ODUSALUD muestra su satisfacción por esta decisión y anima al Govern Valenciá para que avance en la aplicación del Decreto Ley 3/2015, implicando a los servicios sanitarios públicos a todos los niveles y verificando su efectividad.
ODUSALUD también reitera la necesidad de abrir espacios de participación ya previstos, para que las entidades implicadas en la defensa del derecho a la asistencia sanitaria, contribuyan a mejorar esta normativa y su aplicación.
Para ODUSALUD, el objetivo inmediato debería ser solucionar aquellas situaciones en las que, incluso esta normativa mantiene a colectivos vulnerables en situación de exclusión sanitaria.
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Nota de prensa Generalitat Valenciana
Declaraciones del President Ximo Puig
El país Comunidad Valenciana por Cristina Vázquez