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agosto 27, 2014

El único documento necesario para atender a un menor es la partida de nacimiento

Publicado por Levante-EMV el 25-8-2014
Denunciamos que la Conselleria antepone la situación administrativa de los menores al DERECHO a recibir asistencia.

El Observatorio del Derecho Universal a la Salud en la Comunitat Valenciana reitera que estas instrucciones anteponen la nacionalidad y la situación administrativa, del menor o de sus padres. Para el hecho humanitario y la pervivencia del Derecho debería bastar con la partida de nacimiento. En el mismo caso están las mujeres extranjeras embarazadas a las que la legislación les reconoce el derecho pero su tramitación aleja a la paciente del centro de salud.

La Conselleria de Sanitat envió en julio los protocolos “En relación con supuestas incidencias en el reconocimiento de la asistencia sanitaria a personas extranjeras menores de edad o embarazadas” que convierten en un calvario administrativo que estos ciudadanos consigan ser atendidos por especialistas sanitarios. Queremos recordar que “no se trata de que tengan la posibilidad de ser atendidos por urgencias, los menores deben tener adjudicado un pediatra y una mujer embarazada una matrona”.

abril 06, 2014

En el Día Mundial de la Salud denunciamos que la reforma sanitaria excluye a los colectivos más vulnerables

En el Día Mundial de la Salud que se celebra el 7 de abril, el Observatorio para el Derecho a la Salud de la Comunidad Valenciana, ODUSALUD, denuncia que la Administración sanitaria, Conselleria y Ministerio, sigue excluyendo del Derecho a la Salud a ciudadanos que pertenecen a sectores muy vulnerables o se encuentran en riesgo de exclusión, aunque por ley tengan derecho.

La preocupación de la sociedad civil está generando movimientos, como ODUSALUD, integrado por 62 organizaciones y asociaciones, preocupadas por la ausencia de una protección efectiva de la salud para toda la población.

Los 6 informes elaborados por el Observatorio desde noviembre de 2012 ponen de manifiesto que son las personas más vulnerables como las migrantes sin trabajo, quienes han perdido su derecho a la salud... Se han detectado casos de niños a quienes se factura la atención sanitaria (aunque esté garantizada por la Ley del menor), embarazadas que no son atendidas por no tener tarjeta sanitaria, enfermos crónicos.... En otras comunidades se ha producido incluso una muerte como la de Alpha Pam, en Palma de Mallorca. Estas situaciones se producen desde la aplicación del Real Decreto Ley 16/2012 y Real Decreto 1192/2012 que condicionan la asistencia sanitaria a la situación administrativa y de empleo de los ciudadanos.

Para los integrantes de ODUSALUD, excluir del derecho a la asistencia sanitaria a los sectores más desfavorecidos por su origen o su situación administrativa se opone completamente a la obligación que tienen las administraciones públicas de proporcionar respuestas adaptadas a las necesidades de salud de las personas. Sólo un sistema de salud público financiado por la vía fiscal y accesible a todas las personas puede garantizar una sanidad equitativa, que proporcione a cada cual la asistencia que precise para mantener, mejorar o recuperar su salud.

marzo 30, 2014

No lo llames Seguridad Social cuando quieres decir Sanidad Pública

Desde ODUSALUD os proponemos que nos ayudéis a extender que Seguridad Social y Sanidad Pública son conceptos distintos. El uso abusivo de Seguridad Social para referirse al sistema sanitario público ha ido configurando un marco conceptual que justifica la existencia del RD 16/2012.

La Sanidad Pública se financia por la vía fiscal general, es decir IRPF, impuestos de sociedades, IVA, impuestos especiales sobre tabaco, alcohol o carburantes, etc.

La Seguridad Social se financia con las cuotas de trabajadoras/es y empresas. Se vincula con la asistencia sanitaria sólo en el campo de la incapacidad laboral por causas de salud, los accidentes laborales y las enfermedades profesionales.

El argumento para expulsar de la cobertura sanitaria pública a personas extranjeras sin permiso de residencia es precisamente porque no contribuyen con sus cuotas al sostenimiento de la Seguridad Social, es decir que están fuera del "aseguramiento". Pero estas personas, que no cotizan a la Seguridad Social porque se les niega el derecho al trabajo, sí contribuyen, al menos con sus impuestos indirectos, al sostenimiento del Sistema Nacional de Salud y de todos los servicios públicos, como el resto de la ciudadanía.

El Real Decreto Ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones les niega el derecho a ser asistidxs cuando lo necesitan, aunque contribuyen a su financiación.

Proponemos, por tanto, que corrijas a quien escuches que usa Seguridad Social como sinónimo de Sistema Público de Salud, explícale que no es lo mismo. Si lo escuchas en algún medio de comunicación puedes usar este artículo como argumento y enviarle una propuesta de rectificación, puedes copiar, pegar, compartir.

Puedes utilizar estos tuits que proponemos como modelo o crear los tuyos, pero con el hastag #QueNoTeExcluyan

No lo llames seguridad social se llama #SanidadPública. La pagamos con nuestros impuestos. Es tu derecho. Es para todxs. #QueNoTeExcluyan

No se financia por cotizaciones. No es seguridad social, es #SanidadPública. La pagamos todxs con impuestos y es para todxs #QueNoTeExcluyan