septiembre 10, 2018

173 inasistencias sanitarias cuestionan la Sanidad Universal en la Comunitat Valenciana

  • 14º Informe de ODUSALUD desvela la aplicación incompleta del Decreto Ley 3/2015
  • La falta de instrucciones claras y la arbitrariedad en la aplicación del Decreto Ley ha seguido provocando que personas queden al margen de la atención sanitaria
  • Las incidencias muestran la desinformación de los servicios de admisión de los centros sanitarios
  • Es especialmente grave la denegación de atención sanitaria a menores y embarazadas

Valencia, 10 de septiembre de 2018

ODUSALUD (Observatorio del Derecho Universal a la Salud de la Comunidad Valenciana) ha lanzado su 14º Informe que recoge 173 incidencias de vulneración de la atención sanitaria en la Comunitat Valenciana durante 2017 y el primer semestre de 2018.

Los casos registrados corresponden a personas en situación administrativa irregular, residentes de la Unión Europea y personas españolas en situación de exclusión como las principales afectadas. El estudio indica que los lugares donde se registran más incidencias son València y provincia; con el 48 % y el 17 % respectivamente.

Las causas fundamentales de las inatenciones sanitarias vienen provocadas principalmente por aplicación arbitraria del Decreto Ley 3/2015 que regula el acceso universal en Comunitat Valenciana. Se sigue constatando desinformación entre el personal de los servicios de admisión de los centros sanitarios y ausencia de criterios claros en el proceso de tramitación de las solicitudes de asistencia sanitaria que realizan las áreas de Trabajo Social de los centros sanitarios, aunque existe un protocolo de actuación de reciente creación para los/as trabajadores/as sociales del sistema sanitario, cuyos resultados están pendientes de evaluar.

De los casos de personas en situación administrativa irregular encontramos personas que no pueden ser identificadas por irregularidades en su documentación (la caducidad, sustracción o pérdida del pasaporte o la Tarjeta de Identidad de Extranjero) y personas con dificultades para certificar su residencia en nuestra comunidad.

Otras incidencias detectadas en el estudio de personas en situación administrativa regular son las personas no atendidas por causa de una reagrupación familiar o ser familiar de ciudadano de la Unión Europea con residencia en España después la entrada en vigor del RD 16/2012, a quienes se les deniega la asistencia sanitaria, pese a tener regularizada su situación de residencia. Entre estas incidencias se encuentra un menor de edad, una mujer embarazada y una persona con enfermedad mental.

Con especial relevancia, el estudio destaca la inatención de personas en situaciones en las que la inasistencia médica, la ausencia de tratamiento o la falta de acceso a la medicación pueden tener graves consecuencias sobre la salud de la persona y su entorno más inmediato, así como en salud pública. La falta de sensibilidad o de adecuación a estas situaciones, las empeora determinando agravamiento de la enfermedad, ingresos por urgencias o incluso la muerte. Se han registrado un total de 18 casos de los cuales 7 tienen una enfermedad infecciosa y 4 presentan enfermedad mental.

Asimismo, se han registrado casos de personas en situación de vulneración extrema con problemáticas sociales graves asociadas y a las que les ha sido denegado el acceso al sistema sanitario. Son personas en situación de sin hogar y otras que, aun teniendo hogar, tienen graves dificultades económicas y en muchos casos, dificultad de documentación original para demostrar su residencia independientemente de su nacionalidad. La acumulación de problemáticas sanitarias muy graves, económicas, administrativas y de falta de red de apoyo, hacen que estos casos tengan muy mal pronóstico.

El informe muestra en su apartado de casos resueltos que de los 173 casos declarados en ODUSALUD, entre 2017 y primer semestre del 2018, solo se han podido calificar como resueltos 54 casos, es decir un 31 % del total de las incidencias. Muchas de las situaciones denunciadas por ODUSALUD se solventan gracias a la intervención de las entidades del Tercer Sector, que siguen cubriendo un espacio no asegurado, ni garantizado por la sanidad pública.

ODUSALUD considera que a pesar de la voluntad positiva de la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública en defensa del Derecho a la Salud, 173 incidencias todavía son demasiadas teniendo en cuenta que hemos estado bajo  el amparo de Decreto Ley 3/2015 durante 2017. La plataforma insiste que es necesario que la Conselleria refuerce los procedimientos y formación necesarias dentro de la administración pública, con especial atención en los servicios de admisión de los centros de salud como en las áreas de trabajo social, para consensuar criterio únicos y eficaces a la hora de garantizar el acceso a la atención sanitaria de todas las personas.

Las 87 organizaciones que constituyen la plataforma son contundentes al afirmar que mientras sigan recogiéndose incidencias, continúa siendo imprescindible, por parte de las entidades, una vigilancia y denuncia de estas, y que no debemos presuponer una plena inclusión en el ejercicio del derecho a la salud de todas las personas mientras no desaparezcan los casos de desatención sanitaria.

Convocatoria de la Mesa de Entitats de Solidaritat amb els inmigrants, a favor de la Sanidad Universal


Convocatoria de la Mesa de Entitats de Solidaritat amb els inmigrants, a favor de la Sanidad Universal, para el próximo jueves 13 de septiembre, a las 19 horas en la Plaza de la Virgen, a la que nos sumamos desde ODUSALUD y os animamos a participar.

septiembre 05, 2018

El principio del fin de la exclusión sanitaria



COMUNICADO DESDE REDER
(RED DE DENUNCIA Y RESISTENCIA AL
RD 16/2012)


Desde ODUSALUD compartimos con todas la entidades el comunicado en el que hemos participado como miembros de REDER en relación a la convalidación, mañana en el Congreso de los Diputados, del Real Decreto-Ley 7/2018.


 El principio del fin de la exclusión sanitaria 

Las organizaciones integradas en REDER confían en que el Congreso convalide el Real Decreto-Ley 7/2018 sobre acceso universal al Sistema Nacional de Salud y exigen al Gobierno la pronta aprobación de su Reglamento para garantizar la asistencia en igualdad de condiciones a todas las personas que viven en España.



Madrid, 5 de septiembre de 2018.- Un paso positivo hacia una meta aún distante. Esta es la valoración que hace la Red de Denuncia y Resistencia al RDL 16/2012 del nuevo Real Decreto-Ley 7/2018 sobre acceso universal al Sistema Nacional de Salud aprobado por el Consejo de Ministras y Ministros a finales de julio. Ante el anuncio de que mañana 6 de septiembre el Congreso votará la convalidación de esta medida, las organizaciones integrantes de REDER confían en un resultado positivo de dicha votación, pero también recuerdan al Gobierno que aún queda un importante camino por recorrer hasta poner el fin definitivo a la exclusión sanitaria.

Transcurridos seis años desde la imposición de la reforma sanitaria de 2012, las heridas que esta ha dejado en el sistema son aún profundas: enfermedades graves y crónicas desatendidas -solo desde enero de 2014 REDER ha documentado 68 casos de cáncer, 88 de enfermedades cardiovasculares, 45 de VIH o 116 de diabetes-, inequidad territorial en el acceso a la salud (con diferencias en el acceso a la salud dependiendo de la comunidad autónoma de residencia) o la instauración de discursos falsos (“el sistema no tiene capacidad para atender a todo el mundo”, “las personas migrantes abusan de la sanidad”, etc.) que profundizan la marginación de estos colectivos y alientan actitudes xenófobas. Estos son sólo algunos de los desafíos a los que debe dar respuesta el nuevo marco normativo.

En este sentido, las organizaciones de REDER consideramos plenamente justificada la situación de urgencia que motiva la adopción del Real Decreto-Ley 7/2018 y damos la bienvenida a la intención de garantizar el derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria, en las mismas condiciones, a todas las personas que se encuentren en el Estado Español, tal y como se manifiesta en su Exposición de motivos. Asimismo valoramos muy positivamente la eliminación de las figuras de persona asegurada y beneficiaria para recuperar la noción de la salud como un derecho. No obstante no podemos dejar de expresar nuestra preocupación sobre cómo quedan reguladas en el articulado determinadas cuestiones:

  • las personas extranjeras no autorizadas ven reconocido su derecho a la protección de la salud y a la asistencia sanitaria, pero no son consideradas titulares de dicho derecho, pues esta titularidad queda limitada a aquellas de nacionalidad española y extranjeras con residencia legal. Esta distinción resulta discriminatoria e injustificable desde una perspectiva de derechos humanos;
  • el derecho a la asistencia con cargo a fondos públicos se supedita a que la persona demuestre que no se encuentra en situación de estancia temporal, es decir que lleve más de 90 días en territorio español. Esta exigencia establece una presunción de que por debajo de los tres meses cualquier persona es una turista sanitaria –salvo informe de trabajo social que acredite lo contrario–, lo que supone reincidir en la confusión entre migrante y turista sanitario, tantas veces desmontada;
  • el texto actual no garantiza la asistencia con cargo a fondos públicos en todo caso – y particularmente durante ese periodo de 90 días – a menores, mujeres embarazadas, solicitantes de asilo, víctimas de trata, así como la asistencia de urgencia hasta el alta médica, algo que de no concretarse supondría una regresión respecto a lo previsto al respecto por el RDL 16/2012;
  • si no se flexibiliza, la exigencia de prueba de no poder “exportar el derecho” desde su país de origen puede terminar resultando una barrera insalvable para muchas personas. Así lo hemos constatado las organizaciones de REDER en relación con determinadas nacionalidades cuyos consulados no emiten dicha documentación, lo que las obliga a desplazarse hasta su país de origen;
  • nos preocupa que la nueva normativa no de respuesta a una de las exclusiones más sangrantes como es la de las personas mayores –padres, madres, abuelos y abuelas– que han llegado a España fruto de un proceso legal de reagrupación familiar. Conforme a la legislación de extranjería, estas personas deben contar con un seguro médico, algo muy difícil y muy costoso de conseguir para personas de edad avanzada y débil estado de salud. De este modo el INSS les deniega sistemáticamente la tarjeta sanitaria, a pesar de que existen múltiples sentencias judiciales que les reconocen este derecho. La nueva regulación debería reconocérselo de forma inequívoca en las mismas condiciones que cualquier otra residente en España.
Desde REDER creemos que muchas de estas cuestiones son fácilmente subsanables a través del Reglamento que deberá desarrollar este Real Decreto-Ley y concretar los requisitos y procedimientos para acceder a la asistencia sanitaria. Por ello las organizaciones de REDER recomendamos:

  • a los grupos parlamentarios, muy particularmente a aquellos que suscribieron el Pacto Político y Social por un Sistema Nacional de Salud Público y Universal en septiembre de 2017, que voten a favor de convalidar el RDL 7/2018;
  • al Gobierno, que sin mayor dilación proceda a aprobar el Reglamento de desarrollo, dando respuesta a las preocupaciones arriba mencionadas, de modo que ninguna persona que viva en España se quede fuera del sistema sanitario;
  • a los Gobiernos autonómicos y Consejerías de Salud, que en la implementación de esta normativa adopten procedimientos flexibles y garantistas que eviten que la exigencia de determinados requisitos administrativos pueda convertirse en una barrera para que las personas puedan acceder a la atención sanitaria pública.